La multa es real, pero no es por robarle al Estado. El 22 de septiembre de 2026 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la sanción de $571 millones que la DIAN le impuso a De la Espriella Lawyers Enterprise S.A. porque no liquidó el IVA sobre un contrato de noviembre de 2018 con Saludvida EPS, de $18.000 millones ($3.000 millones fijos y $15.000 millones de honorarios de éxito), para su representación y defensa judicial. La firma sostenía que esos servicios estaban exentos de IVA por estar relacionados con la prestación de servicios de salud; la DIAN y el tribunal concluyeron que eran servicios de defensa jurídica y que el impuesto sí aplicaba. Es una discusión sobre cómo clasificar un servicio para efectos tributarios: el fallo no habla de fraude, de robo ni de daño a recursos públicos, y ninguna autoridad ha acusado a la firma de apropiarse de dinero del Estado.
La firma dijo que acatará el fallo y pagará, que actuó 'con transparencia y buena fe' y que una decisión desfavorable no convierte 'una diferencia de interpretación tributaria' en una conducta fraudulenta. Otras dos precisiones: la firma ya no es 'del presidente' en sentido estricto, porque él la fundó y se desvinculó en 2025 para hacer campaña (la sanción recae sobre la empresa, no sobre él); y la crítica política sobre el contrato con una EPS, planteada por Iván Cepeda, es una cosa distinta de lo que decidió el tribunal. La versión correcta del mismo hecho, publicada por El Espectador, está verificada en este sitio como verdadera (d-2026-09-29-02).
